Multa a WhatsApp: 225 millones por compartir datos de sus usuarios

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WhatsApp se ha convertido en una herramienta más del día a día de cualquier persona. Mensajes, grabaciones de voz, fotos cotidianas… Diariamente enviamos una buena cantidad de información personal por este medio, sin plantearnos muchas veces como son tratados nuestros datos en esta aplicación de mensajería.

En este post de SoftwareLOPD te explicamos en que consiste la multa que le ha impuesto el DPC a esta aplicación de mensajería instantánea que todos usamos.

WhatsApp no ha cumplido el RGPD

La comisión de Protección de Datos de Irlanda (DPC), que a su vez es el supervisor general de datos en el territorio de la Comunidad Europea, ha sentenciado a WhatsApp con una multa de 225 millones de euros. Tras una investigación sobre las prácticas de la aplicación que se inició en 2018, se ha determinado que la red social de mensajes propiedad de Facebook no ha cumplido con los mínimos del Reglamento General de Protección de Datos. En concreto, en materia de transparencia obligatoria.

La multa más alta

El DPC, en este caso, ha determinado que los artículos 5, 12, 13 y 14 han sido vulnerados por la aplicación móvil. Este incumplimiento viene dado de no haber informado apropiadamente a sus usuarios de cómo se compartía su información con Facebook. A pesar de ser la compañía “madre”, los usuarios aceptan el tratamiento de datos con la propia WhatsApp y no con Facebook. Al no cumplir con sus obligaciones de transparencia, el regulador irlandés decidió ponerle una multa de 225 millones de euros.

Esta es la multa más alta que ha impuesto el DPC y una de las más grandes de toda la Unión Europea. En el comienzo de la evaluación de la cuantía de la multa se estimaba que iba a ser mucho menor, tan solo de 50 millones. Autoridades en protección de datos de otros países de la UE han abogado por elevar la cantidad de la multa, ya que legalmente se contempla que las sanciones pueden llegar hasta el 4% de la facturación general de la empresa y la sanción valorada inicialmente solo equivalía al 0,08%. Al fin, la comisaria Helen Dixon decidió subir la multa al récord de 225 millones de euros.

Al mismo tiempo que la multa, a WhatsApp también se le ha informado de su obligación de enmendar el problema que tienen actualmente. Es su obligación cumplir con la normativa europea en protección de datos, aunque sea parte de una empresa estadounidense.

La aplicación, en desacuerdo

Por otro lado, la respuesta de la aplicación de mensajería no se ha hecho esperar. La empresa ha declarado que presentará un recurso ante la multa impuesta por el DPC, ya que no están de acuerdo con la decisión sobre la transparencia que proporcionaron a las personas en 2018 y piensan que la sanción es totalmente desproporcionada. También recuerdan que su servicio es totalmente seguro y privado, garantizando que la información es transparente y completa.

A comienzos de 2021, la empresa anunció que sus términos y condiciones de uso cambiarían para poder compartir datos personales con la empresa madre, Facebook. Esto fue bastante polémico, ya que la app comunicó que, en caso de no aceptarse estos términos, limitarían el uso de la aplicación. Pero esta medida no afecta a los usuarios residentes en la Unión Europea, ya que sus datos están protegidos por el RGPD.