La ley de teletrabajo asegura el derecho a la intimidad, la protección de datos y el derecho a la desconexión digital

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Esta nueva ley contempla los principales derechos de la trabajadora y trabajador a distancia, otorga los mismos derechos que las personas que ejercen sus actividades desde la empresa.

Yolanda Díaz, ministra de Trabajo y Economía Social, ha apoyado el Real Decreto Ley que regulará el trabajo a distancia. Debido a la actual crisis económica y social provocada por la pandemia de la Covid-19, el teletrabajo ha obtenido un protagonismo esencial para las empresas y autónomos.

El trabajo a distancia regular será el que se ejerza en un periodo de referencia de tres meses, el que se realice en un 30% de la jornada o el porcentaje proporcional a la duración del contrato de trabajo.

Desde el Ministerio de Trabajo y Economía Social han apuntado que “inauguramos la legislación laboral del siglo XXI, que vamos a empezar a desplegar”.

El Real Decreto Ley incide en la “voluntariedad” para la persona trabajadora y la empleadora por lo que las condiciones de teletrabajo necesitarán la firma del acuerdo de trabajo a distancia. Este documento debe ser formalizado por escrito para poder así entregarse en la oficina de empleo y a la representación legal de las personas trabajadoras.

El trabajo a distancia y el control de la actividad laboral telemática, garantizará el derecho a la intimidad y protección de datos además del derecho a la desconexión digital fuera de su horario de trabajo.

Para facilitar el cumplimiento de la protección de datos, la plataforma SoftwareLOPD ofrece todos los servicios necesarios. Mediante la aplicación, se pueden generar contratos de confidencialidad para aquellas personas que tengan acceso a datos sensibles, entre otras funcionalidades de la misma.

En la norma recalca el derecho a la desconexión, el abono y compensación de gastos y que la persona trabajadora no podrá asumir ningún gasto relacionado con el equipo, herramientas o medios que utilice en el desarrollo de su actividad. Además, refuerza que se podrá flexibilizar el horario de prestación de sus servicios previo acuerdo por las partes.

El teletrabajo implantado excepcionalmente por la situación de crisis sanitaria obliga a dotar a las empresas de equipos, herramientas y medios, así como el mantenimiento de éstos. La nueva ley, regula el derecho a la prevención de riesgos laborales y una evaluación de riesgos que tendrá que tener en cuenta especialmente los factores psicosociales, ergonómicos y organizativos.

Comenzamos esta nueva etapa en el blog con la nueva ley de teletrabajo, que se ha adelantado debida a situación laboral dentro de la crisis sanitaria por la Covid-19. Próximamente publicaremos más entradas en el blog relacionadas con la actualidad y la protección de datos.

Fuente: Periódico Gaizteizberri