Bajo el lema #PuedesPararlo, el objetivo principal de la campaña es frenar la difusión de material sexual y violento por Internet y redes sociales y dar a conocer el Canal Prioritario.
El nuevo proyecto que ha unido al Instituto Andaluz de la Mujer (IAM) y la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) es la campaña #PuedesPararlo centrada en frenar la difusión de material sexual y violento por Internet y redes sociales mediante el Canal Prioritario. Es una herramienta para la retirada del contenido sexual y violento, especialmente dirigido a mujeres, que se ha obtenido a través de Internet y redes sociales.
Junto con la iniciativa se harán acciones de formación, información y difusión para la concienciación, prevención, detección o investigación sobre el uso inadecuado de los datos en Internet. Según Ruth Matos, asesora del programa del IAM en Granada ha explicado que “cada vez es más frecuente el uso de la ciberviolencia contra las mujeres, siendo la grabación y difusión de imágenes personales, concretamente de contenido sexual, uno de los instrumentos más utilizados en los casos de acoso, especialmente entre la juventud”. Un estudio reciente de Amnistía Internacional apunta que una de cada cinco mujeres sufre acoso en las redes sociales en España y el 27% de las españolas asegura que han vivido amenazas de agresiones físicas o sexuales a través de estos canales.
El instrumento para la atención prioritaria y detención de la difusión de este tipo de contenidos en la red es el Canal Prioritario. Esta herramienta será utilizada cuando los contenidos que se traten tengan carácter sexual o muestren actos de agresión y pongan en peligro los derechos y libertades de las afectadas. Tanto las víctimas como cualquier persona conocedora de la difusión de este tipo de ciberviolencia podrá utilizar dicho canal.
Una vez recibida la reclamación, la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) determinará la adopción urgente de medidas cauteleras para evitar la continuación de la difusión del contenido y, además, valorará si corresponde la apertura de un procedimiento sancionador contra las personas que hayan difundido el material de contenido sensible.