El rápido desarrollo de la tecnología de la información ha transformado las técnicas comerciales y publicitarias: el correo postal, el buzoneo o la venta puerta a puerta han sido sustituidos por correos electrónicos, SMS o llamadas al móvil.
Esta publicidad no siempre es bien recibida por el usuario, por lo que se ha desarrollado una normativa que protege de las molestias que puede ocasionar al usuario, así como las consecuencias a la empresa (pérdida de imagen y multas por incumplimiento de la normativa).
Consejos para el usuario
Listas de exclusión publicitaria
En España, existe la denominada “Lista Robinson”, gestionada por la Asociación Española de Economía Digital (ADIGITAL), cuya inscripción es gratuita. Las personas inscritas en ella sólo recibirán publicidad de las empresas de las que son clientes o han dado el consentimiento de manera expresa.
Valora la importancia de tus datos
Hay empresas que hacen ofertas, concursos, promociones o descuentos a cambio de tus datos personales y el consentimiento para usarlos con fines comerciales. Es básico leer las condiciones de participación, no dar el consentimiento a todos los tratamientos y valorar si el beneficio de la oferta merece la pena a cambio de los datos que damos.
Lo mismo sucede al acceder a una app o un servicio online para el que te exigen crear un perfil de usuario e introducir ciertos datos que quedan grabados incluso al desinstalar la app si no los borras antes. Es necesario leer los consentimientos que damos y las condiciones de privacidad para valorar si merece la pena.
Es importante valorar la información que proporcionamos y pensar en las consecuencias que podría tener para nosotros si se produjera una brecha de seguridad que afectase a la confidencialidad de la misma.
Consentimiento
Siempre puedes ejercer tus derechos de acceso, rectificación, oposición y supresión, pero a priori, siempre es recomendable leer las condiciones de privacidad y revisar los permisos que estamos dando antes de registrarnos, firmar o pulsar el botón “acepto las condiciones” de cualquier página o servicio.
Al no dar el consentimiento para tratamientos relacionados con las comunicaciones comerciales y no ceder datos a terceros con esta finalidad, podemos reducir las molestas llamadas comerciales no deseadas.
Consejos para las empresas
Ofrece soluciones al usuario
Las comunidades electrónicas publicitarias deben ofrecer un sistema para que el usuario pueda rechazar fácilmente el uso de sus datos con fines publicitarios, como el envío de un email a una dirección concreta, un SMS o una llamada a un número de teléfono gratuito.
De esta manera, el usuario puede solicitar de una manera sencilla dejar de recibir comunicaciones comerciales de tu empresa y será la primera vía que usen para ello.
Consentimiento
Siempre que se contrate o inscriba a tu servicio el cliente te da el consentimiento para que sus datos puedan ser tratados con fines publicitarios, pero este consentimiento puede ser revocado en cualquier momento. El método necesario para ello, al menos deberá aparecer en el apartado dedicado a la protección de datos de tu página web.
Este derecho se puede ejercer ante la entidad responsable del tratamiento para que el usuario quede excluido de las campañas publicitarias que realices, teniendo que indicar el canal por el que está recibiendo la publicidad no deseada, así como los datos que no desea que se traten. Por ejemplo, si recibe publicidad telefónica, indicará el teléfono al que la está recibiendo para que dejen de usarlo con ese fin.
Derecho de supresión
Si un usuario ejerce este derecho, solicita que elimines todos los datos que tengas de él, por lo que es más habitual que lo hagan los no clientes, mientras que los clientes ejercen el derecho de oposición o retirada del consentimiento, puesto que no requiere romper la relación contigo, solo dejar de recibir publicidad no solicitada.
Delegado de protección de datos
Gran parte de las discrepancias relacionadas con la protección de datos y la publicidad no deseada, se suelen resolver tras una comunicación o consulta al delegado de protección de la empresa. Algunas organizaciones están obligadas a disponer de esta figura, y otras cuentan con ella de manera voluntaria, ya que todas tienen la responsabilidad de realizar un tratamiento correcto de los datos.
Reclamación ante la Agencia
Si el usuario ha realizado los pasos pertinentes, y el responsable del tratamiento no ha atendido sus peticiones en los plazos establecidos (un mes desde la recepción de la solicitud) o no ha quedado satisfecho con la respuesta recibida, puede reclamar a la agencia de manera telemática adjuntando la documentación oportuna (comunicaciones recibidas, intentos de retirar su consentimiento, comunicaciones con el delegado de protección de datos, documentos del intento de ejercicio de los derechos de oposición y/o supresión, respuestas del responsable de tratamiento…).
Estos conflictos no son menores, ya que incluso, llegado el caso, el usuario puede solicitar algún tipo de indemnización acudiendo a los tribunales de justicia.
Mediación
De manera adicional, se puede optar por la mediación para resolver los conflictos relacionados con la publicidad no deseada. Por ello, muchas compañías, por ejemplo, las empresas de telecomunicaciones, están adheridas al sistema de mediación voluntaria y gratuita de Autocontrol.
Si tienes dudas o tu empresa presenta lagunas en alguno de estos aspectos, te recordamos que SoftwareLOPD y el equipo de legaltech te dará una solución personalizada.